jueves, 8 de julio de 2021

ADOAJ SOBRE PUBLICACIÓN RD-L 14/2021, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO

Opositores, decenas de miles de personas que opositan a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, y no solo justicia en este caso, vieron cómo, con la publicación de este Real Decreto-Ley, sus escasas esperanzas de poder entrar como funcionarios de carrera en los puestos que soñaron y para lo cual trabajaron años y años, se han visto truncadas a favor de otros colectivos. 

Continúa, con este Real Decreto-Ley, un maltrato hacia los opositores libres, a lo que podemos añadir la cuestionable actuación de los sindicatos, particularmente en lo que se refiere a aquellos que nunca han prestado servicios en la Administración. 

Opositores a la Administración de Justicia, junto con cualquier opositor por libre a cualquier otra Administración, somos un colectivo gravemente golpeado, con escasos recursos para hacernos oír, y cuya reducida fortaleza económica se ve negativamente afectada por la incapacidad del Ministerio y del Gobierno para planificar una salida para nosotros. 

Opositar es una misión difícil. Para ello, debemos dejar a un lado una parte de nuestra vida e invertir tiempo, recursos personales y también materiales, además del esfuerzo que supone. Pero, después de una convocatoria eterna, ahora nos encontramos con este Real Decreto-Ley que, aunque jactándose de cumplir los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, lo único que hace es romperlos con respecto a nosotros, facilitando las cosas a quienes ya tienen adquirida una experiencia pero no todavía la plaza después de años y años de servicios facilitando las cosas a quienes ya tienen adquirida una experiencia pero no todavía la plaza después de años y años de servicios, y con convocatorias para poder presentarse. 

Este Real Decreto-Ley, no contento con lo primero alarga hasta 2024 unos exámenes de convocatoria libre, escudándose en su deber de acabar con una temporalidad que los mismos gobiernos provocaron ante su dejadez. 

No es justo, ni cumple los principios constitucionales de mérito, igualdad y capacidad por mucho que insistan en que sí lo hace. Por ello, desde ADOAJ decimos públicamente que no vamos a rendirnos hasta conseguir algo que sea coherente y justo para todos los opositores libres a la Administración de Justicia.

ADOAJ SOBRE DECLARACIONES EN COPE EL 6 DE JULIO DE MIEMBROS DE UGT.


Cuando escuchábamos la entrevista de Cope lo único que pudimos hacer fue agarrar la silla con fuerza o clavar las uñas en algo para no ponernos a gritar o algo peor ante la impotencia de lo que escuchábamos. 

Obviamente este Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público tiene una lectura positiva para los sindicatos, significa que hicieron bien su trabajo hacia el colectivo que más apoyan y, otra vez, olvidándose de los miles de decenas de opositores libres. Y aquí no solo hablamos de los opositores a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia. 

En esta entrevista, se afirmó que a los compañeros se les dará, dará, una plaza por su esfuerzo. ¿y el esfuerzo de los opositores que dejaron sus vidas en pausa para poder opositar?¿y el esfuerzo de compañeros que, trabajando y con cargas familiares, cada día se sientan a hincar los codos delante de los apuntes?¿y el esfuerzo económico de estos opositores y de sus familias? Sí, hemos dicho bien, las familias de nuestros opositores también les ayudan económicamente. ¿Acaso no se merecen esa plaza ellos también? Por su esfuerzo.

Hemos escuchado verdaderas joyas: “el concurso con mayores facilidades para estabilizar”, “no va a ser eliminatorio”, “quienes suspendan podrán pasar a concurso”, “crear bolsas con quienes suspendan para que sean automáticamente contratados”, “la fase de oposición más fácil del mundo”, “condiciones diferentes al acceso libre porque los que están dentro lo tienen fácil” 

Y esto, señores, ¿cumple total y absolutamente los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad?, tal y como se jactan en el Real Decreto-Ley que se ha publicado y los sindicatos analizan de manera positiva. 

El análisis de ADOAJ es negativo, negativo para todos los opositores libres a la Administración de Justicia y para cualquier otra Administración. Nos están impidiendo acceder a una plaza de funcionario de carrera de manera justa. Muy injusto para tratarse de oposiciones a la Administración de Justicia.

Estado y posible apertura de la Bolsa de Interinos de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha.



Desde la Asociación por los Derechos de los Opositores a la Administración de Justicia les remitimos información acerca del estado y posible apertura de la Bolsa de Interinos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Hemos recibido información por parte de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Castilla-La Mancha en Albacete con la siguiente respuesta: 

Nuestra actual Bolsa de Trabajo entró en vigor el 8 de mayo de 2018.

 En mayo de 2020, mes del final de su vigencia, y durante todo ese año la situación socio sanitaria en España, de todos conocida y por todos sufrida, no aconsejaba acometer una empresa del tamaño de la convocatoria de una Bolsa de Trabajo.

 Por otra parte, desde el año 2011 el MJU ha realizado varios intentos de reformar la actual legislación sobre funcionarios interinos. El más reciente se puso en marcha en 2019, con el envío del borrador de una nueva Orden Ministerial a las GGTT para que estas hicieran las aportaciones que mejor considerasen. En aquellos momentos de posible cambio legislativo tampoco parecía lo más oportuno publicar una nueva convocatoria de Bolsa de Trabajo. Por desgracia, esta muy necesaria reforma todavía no ha visto la luz, sin duda también debido en parte al fatídico año 2020, ni tenemos noticia de que tal proyecto legislativo vaya a retomarse. 

Así las cosas, es intención de esta GT abordar la convocatoria de Bolsa de Trabajo en el último trimestre del año en curso. 

 

Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Castilla-La Mancha. 

 

En cuanto tengamos conocimiento sobre información acerca de esta Bolsa de Interinos, o de alguna otra les proporcionaremos la información que tengamos.

 
 

Seguiremos informando, ADOAJ.

martes, 29 de junio de 2021

COMUNICADO DE APOYO A LOS OPOSITORES DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


        Escribimos este comunicado a modo de dar voz a una de las consecuencias derivadas de estos procesos selectivos, ya que hemos recibido un RUEGO de particulares acerca de las personas opositoras que hayan obtenido plaza en varios cuerpos a la vez, para que con motivo de solidaridad y empatía renuncien a alguno de los cuerpos en los que hayan obtenido plaza para dar paso a otros compañerxs que necesitan esa plaza también. 

         Este escrito va dirigido a los compañerxs de los sindicatos de la Administración de Justicia.

         Primeramente, agradeceros la labor que desempeñáis a diario por los trabajadores, pero ahora es el momento de haceros un RUEGO en algo que se ha convertido en un problema para hacer más equitativas las oposiciones, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y también de publicidad. 

       En segundo lugar, cabe destacar el enorme mérito obtener plaza en uno, dos o hasta los tres cuerpos, pero sería de gran importancia que promuevan ustedes, debido a que tienen un mayor altavoz mediático, reflejar que si algunos toman posesión en más de una plaza, ya que hay muchas familias de opositores que se han dejado la piel y que se quedan a las puertas. 

        En tercer lugar, resaltar de cara a futuros procesos selectivos una regulación más equitativa e intentar mover conciencias de aquellos opositores que han aprobado en varios cuerpos. 

        Y que poco sentido tiene hacer un proceso donde se desperdicien tantas plazas por algo que sí, que está permitido pero que se puede regular para futuros procesos y mover conciencias de aquellos súper opositores que han aprobado en los tres cuerpos generales o en dos. 

         Por último, suplicarles que defiendan los derechos de sus afiliados pero defiendan el sentido común y que mucha más gente pueda acceder a plaza, que falta hace. 

De los opositores que pudiéramos obtener plaza por las renuncias nuestro agradecimiento de antemano. 

La Asociación por los Derechos de los Opositores a la Administración de Justicia les brindamos todo nuestro apoyo y agradecimiento por acudir a nosotros que les ayudaremos en todo lo que podamos.

miércoles, 9 de junio de 2021

 


La Administración de Justicia nombra interinos a través del SEPE 


Mientras miles de opositores con ejercicios aprobados se quedan sin opciones de entrar en las bolsas. 

09 de Junio de 2021 


        En la Mesa de Negociación celebrada el 3 de junio de 2021 se abordó la propuesta de recurrir al SEPE para realizar un llamamiento extraordinario de personal interino con el fin de trabajar para la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid, ante la más absoluta pasividad de los principales sindicatos, quienes se limitaron a exigir concreción sobre el tipo de llamamiento. Frente a esta situación, que ya se viene repitiendo desde hace años en otras comunidades como Asturias, Galicia o Extremadura, desde ADOAJ queremos denunciar públicamente este hecho. 

        Actualmente existen miles de opositores que, a pesar de haber aprobado uno o varios ejercicios de la OPE, o habiendo conseguido superar todo el proceso selectivo, no han obtenido una plaza, especialmente después de la última OPE: un concurso oposición donde no sólo se premiaba la antigüedad hasta límites inaceptables, sino que privaba casi totalmente a los opositores sin experiencia para obtener una plaza aunque sus notas fueran sobresalientes. 

      Lo llamativo de esta situación y el hecho que desde ADOAJ se pretende evidenciar, es la totalmente irrespetuosa elección de la Administración de contratar como interinos a través del SEPE a personas desempleadas que no cumplen los requisitos de experiencia ni conocimientos necesarios para desempeñar las funciones del puesto. De esta manera, se muestra, así, su total desprecio hacia los opositores que llevan años de preparación, invirtiendo tiempo, dinero y, sobre todo, mucho esfuerzo. Opositores a los que no solo se les imposibilita la posibilidad de trabajar sino que, además, se les priva de la oportunidad de acumular experiencia. Esa experiencia que les aportaría la antigüedad tan necesaria y que les ayudará tanto a la plaza en la siguiente OPE, que será también por el sistema de concurso oposición. 

        A todo lo dicho anteriormente, se suma la precipitada apertura de bolsas de interinos, que llevaban años cerradas, antes de que se resuelva la OPE vigente. Esto provocará que miles de opositores aprobados sin plaza se queden sin acceso a las bolsas, que, a su vez, provoca que esas bolsas de empleo de funcionarios interinos se agoten. Todo ello, con el beneplácito de los sindicatos mayoritarios. 

     Desde ADOAJ hacemos un llamamiento para que se tomen las medidas necesarias para que se resuelva esta situación de miles de opositores y se garantice el derecho a poder entrar en las bolsas. Queremos hacer un llamamiento para que se estabilicen estas bolsas y se abran, sin excepción, cuando la convocatoria de empleo público se haya cerrado, y no antes, como viene sucediendo desde hace tiempo.

martes, 25 de mayo de 2021




 ADOAJ SOBRE EL MOVIMIENTO Y PRESIONES RELATIVAS A 

LA FIJEZA YA


         Dado que el hilo que íbamos a publicar en RRSS explicándonos sobre el tema de fijeza ya iba a ser demasiado extenso, hemos preferido mejor redactar un comunicado. Dejamos claro una vez más que nuestros comunicados y reflexiones se centran en los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia. 

         Está claro que hay un grave problema en nuestro país relacionado la elevada tasa de funcionarios interinos en las diferentes Administraciones. Este problema se ha generado por la deformación y el abuso de la interinidad por parte de las Administraciones de los diferentes Gobiernos que se han ido sucediendo en nuestro país y con la participación necesaria, en este abuso, de las diferentes organizaciones sindicales. Alrededor de todo este movimiento de presión hay “cositas” que huelen muy mal y flota un olor nauseabundo de hipocresía preocupante. Vemos periodistas que escriben sobre derecho laboral y constitucional, políticos, sindicatos, abogados, etc…que se están “sumando al carro” de la fijeza ya de forma incomprensible y piden directamente, sin ninguna vergüenza y sin ruborizarse que no se respete o se incumpla nuestra Constitución Española, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y la Declaración Universal de Derechos Humanos cuyo artículo 21.2 reza así, “Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país”. Esto, cuanto menos, es llamativo porque vemos que hoy esas personas piden que se incumpla la Constitución Española y al día siguiente se “dan golpes en el pecho” para defenderla y convertirse en los más patriotas de todos. La Constitución Española está para respetarla y no para retorcer su interpretación según sople el viento. 

         Si van ustedes a la web de RTVE pueden ver esta noticia Noticias 24 horas RTVE. La señora Irene Santamaría, periodista que informa in situ desde la manifestación que tuvo lugar el día 22 de mayo en Madrid, cuenta lo que imaginamos le han contado los organizadores de la manifestación “las personas que hay en la manifestación representan a los más de 800.000 empleados en abuso de temporalidad”. Esto, lógicamente, no es cierto, entre otras cosas porque debe de ser un Juez quien resuelva de forma individual cada caso y sentencie si hay o no abuso, como señala el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su reciente Sentencia del caso Sánchez Ruiz. Es decir, generalizar con un problema tan grave como este es un grave error porque no todos los casos son iguales y hay que tratarlos de forma individualizada. Pero claro, queda muy bonito el titular y si usted lo escucha o lo lee se echa las manos a la cabeza pensando que ¡Vaya barbaridad! Es el efecto sensacionalista que se busca y no es del todo cierto, ergo es falso. Y decimos esto porque no vale aprovechando que “el Pisuerga pasa por Valladolid” me subo al carro de la fijeza ya para ver si cuela. Miren ustedes, no. No cuela. Los funcionarios interinos de la Administración de Justicia de los Cuerpos Generales no pueden subirse a ese carro porque no se da ese abuso o Fraude de Ley al que se alude en otras Administraciones.


La barbaridad se está cometiendo con todos los opositores de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia que no son funcionarios interinos y a los que se les está cerrando el acceso a la función pública por un concurso-oposición hecho a medida para los opositores que son funcionarios interinos. Con unos porcentajes de vergüenza que no respetan para nada los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Estos porcentajes son un 60% para la fase de oposición y un 40% para la fase de concurso y que dentro de esa fase de concurso un 50% para la experiencia (interinidad). En este cuadro, y gracias a nuestra compañera Mavi Ródenas que ha sido quien nos ha hecho el favor de cruzar los datos, se muestra el porcentaje de opositores que han conseguido plaza y se distingue entre opositores que son funcionarios interinos de los opositores que no son funcionarios interinos. Estos son los datos provisionales publicados por el Ministerio de Justicia, y dado que el Ministerio de Justicia es también poco respetuoso con el principio de publicidad, Mavi no ha podido identificar correctamente las duplicaciones y los datos pueden variar ligeramente, pero esto no afecta para nada a la imagen final que dibuja un proceso de selección con unos porcentajes que no respetan para nada los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, es más, los datos definitivos, estamos seguros de que serán más trágicos. Se da el sinsentido de que un opositor que no es funcionario interino saque una nota altísima en la fase de oposición y esté en los primeros puestos y cuando pasa a la fase de concurso baje más de 350 puestos, quedándose fuera y no consiguiendo ser funcionario de carrera por no tener esa antigüedad para poder competir en condiciones de igualdad. Es decir, no vale la exquisitez en un examen perfecto porque es imposible competir en la fase de concurso con funcionarios interinos ya que, a la antigüedad se está sobrevalorando de forma excesiva con un 50% de peso dentro de esa fase de concurso. Esto es una barbaridad. 62.05% frente a un 13.48%. ¿Estos porcentajes son respetuosos con el principio de igualdad? Apuntar también que en las OEP anteriores a esta se realizaba un examen de mecanografía para este Cuerpo en el que se debía de obtener como mínimo 180 pulsaciones por minuto con los menos fallos posibles. Este ejercicio para esta OEP 2017/18 conjunta en la que nos encontramos inmersos y para la siguiente OEP 2019 ha sido sustituido, con toda la intención porque si no los opositores que son funcionarios interinos iban a “caer como moscas” por un ejercicio tipo test con la excusa por parte del Ministerio de que no se iba a disponer de suficientes ordenadores para realizar la prueba. Nadie ha puesto el grito en el cielo por esto, excepto nosotros en su día. ¿Es a esta suavidad de las pruebas de acceso a la función pública a la que se refiere el Ministro, Miquel Iceta sobre su reforma de las pruebas de acceso? Manda narices.

    El señor Luis Javier Sánchez, Periodista jurídico, comunicador y consultor de comunicación, titula en su artículo escrito en Confilegal esto, “Interinos de toda España se manifiestan en Madrid para reclamar al Gobierno una solución a su situación laboral”. Este artículo no tiene desperdicio por las manifestaciones que en él se hacen por parte de ciertas personas. Ya de por sí, si usted lee sólo el titular provoca el mismo efecto anterior que hemos comentado en el párrafo precedente. En este artículo, en vez de hablar de abuso de la temporalidad se habla directamente de Fraude de Ley, así sin más, sin un procedimiento judicial que lo dictamine y nada por el estilo. Craso error por la gravedad de lo que se pretende con esto, que es presionar para conseguir una plaza de funcionario de carrera sin pasar por una OEP. La señora Cristina Grúas, Presidenta de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal y de la Plataforma de Interinos de Catalunya, declara: “Se debe trasponer la Directiva 1999/70 y que se establezca una sanción al abuso de temporalidad” No podemos estar más de acuerdo con la señora Grúas. Que se sanciones los casos en que se demuestre ese Fraude de Ley de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico y de acuerdo con el ordenamiento jurídico europeo. Con lo que no estamos de acuerdo es con lo que se pide que se aplique como sanción, la fijeza en la plaza por varios motivos porque es inconstitucional, porque así lo refleja la Sentencia del TJUE citada anteriormente del caso Sánchez Ruiz y porque así lo refleja otra reciente Sentencia del Tribunal Supremo. La señora Grúas también declara en este periódico que: “los interinos en fraude de ley rondan los 900.000” Así, sin más, sin que haya un Juez que lo dictamine. Por cierto, el número hace unas semanas era de 800.000, después se pasó por arte de magia a los 850.000 y ahora ya vamos por los 900.000. Estamos seguros que dentro de unas semanas llegaremos al 1.000.000, todo sea por la causa, aunque sea falso. 

    


    Por su parte, el señor Manuel Padilla, vicecoordinador nacional del sindicato Acción Sindical Independiente de Justicia (ASIJ), declara a este periódico, “esta manifestación es una medida de presión hacia la Administración, tanto al Ministerio de Administración Publica como en nuestro caso de Justicia para que dé una solución al fraude del abuso de la contratación temporal en las administraciones”. Así es, es una medida de presión desesperada para conseguir de forma ilegal lo que no han podido conseguir de forma legal, que es pasar de funcionarios interinos a funcionarios de carrera a través de una OEP. Menos mal que por una vez se dice lo que realmente se piensa sin tapujos y con toda la cara. El señor Padilla habla de “fraude del abuso de la contratación” y de que “Los juzgados colapsados están cubiertos por personal interino” Mire usted señor Padilla, no sabemos si usted se refiere a los Cuerpos de la Administración de Justicia y dentro de estos a qué Cuerpos exactamente. Se lo vamos a explicar al señor Padilla por si no lo sabe, aunque estamos seguros de que sí lo sabe y de que estas declaraciones están hechas con toda la intencionalidad. Estos cuadros muestran las OEP que se han venido sucediendo desde 2006 en la Administración de Justicia para los Cuerpos Generales, Gestión, Tramitación y Auxilio. Como se aprecia, en esos cuadros ha habido OEP de sobra para que los funcionarios interinos estabilicen su situación laboral y pasen de funcionarios interinos a funcionarios de carrera. Este que les escribe la primera vez que se presentó a una OEP para el Cuerpo de Gestión por ámbito libre Ministerio en Albacete, se quedó perplejo, cuando una opositora que llevaba 5 años de interina en el Cuerpo de Gestión, se sentó a su lado,

firmó el examen y a los 10 minutos se levantó lo entregó sin hacer y se marchó. No tenía ningún problema en seguir de funcionaria interina, ni se le pasaba por la cabeza estudiar para ser funcionaria de carrera, no tenía miedo de quedarse sin plaza ya que sabía que eso es muy poco probable porque las bolsas de empleo de funcionarios interinos en la Administración de Justicia llevan muchísimos años sin abrirse y, cuando se abren, se solicitan unos requisitos de inscripción absurdos que impiden inscribirse a los aspirantes, tardan en resolverse dos o tres años y además se abren antes de que la OEP se resuelva definitivamente por lo que es imposible que un opositor que se presenta a esa OEP pueda inscribirse en la bolsa correspondiente para acceder a la función pública. Esto, el señor Padilla no lo cuenta, como tampoco cuenta que las OEP cumplen con la citada anteriormente Sentencia del TJUE como medida de sanción para la estabilización. Al señor Padilla, a las Asociaciones de funcionarios interinos, a la mayoría de funcionarios interinos y a “ciertos abogados” sólo les interesa hablar de Fraude de Ley y aunque sea incierto que ese Fraude se dé, bueno pues “nos subimos al carro a ver si rascamos algo”. En esa Sentencia del TJUE se nos remite a la norma, que debemos entender que es El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), concretamente a su artículo 70.1, “Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años”, es decir, a la vista de los cuadros que les hemos mostrado esas OEP cumple los requisitos como medida de sanción que desde Bruselas se indica, por lo que no hay tal abuso de derecho al que se refiere el señor Padilla. Lo que sí hay son pocas ganas de estudiar y sí muchas de ser funcionario de carrera por toda la cara sin pasar por una OEP. Otro argumento que hemos escuchado muchas veces es el de, “es que tengo 50 años y yo no puedo competir con un chaval de 25 años porque me cuesta memorizar y estudiar” En nuestra Asociación hay compañeras y compañeros que tienen más de 50 años y están estudiando duro para sacar su plaza. El manifiesto reivindicativo que se ha leído al final de esa manifestación lo pueden ustedes leer en el enlace que hemos puesto de este periódico. Muchas de las cosas que se dicen en ese manifiesto no son ciertas, como hemos explicado con datos y con la Ley en la mano. 

         Hay más medios que están dando difusión a este movimiento de presión de fijeza ya. Lógico esto, porque son medios de información, pero lo grave es que en todos ellos no se está diciendo la verdad y tan sólo se está contando el problema desde el punto de vista de una parte sin tener en cuenta para nada a la otra parte que son los opositores que no son funcionarios interinos y que no pueden ser los perjudicados por la solución a un problema que ellos no han creado. 

        Estamos seguros de que ese Fraude de Ley se da en la función pública, y mostramos todo el respeto y nuestros mejores deseos porque todas esas personas que los sufren puedan ser resarcidas en su daño una vez demostrado ese Fraude de Ley y de acuerdo con las sanciones estipuladas que determine el Juez correspondiente y que respeten nuestro ordenamiento jurídico y europeo y nuestra Constitución Española. La fijeza en la plaza sin pasar por una OEP no está contemplada como sanción en nuestro ordenamiento jurídico porque es inconstitucional y tampoco en el ordenamiento europeo como refleja la Sentencia del caso Sánchez Ruiz, es más, en esa Sentencia no se nombra ni aparece una sola vez la palabra fijeza. 

         Recientemente se publicaba en el BOE, la resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la integración del sindicato denominado ACCIÓN SINDICAL INDEPENDIENTE DE JUSTICIA, en siglas ASIJ, con número de depósito 99105835 en la organización sindical denominada UNIÓN SINDICAL OBRERA en siglas USO, con número de depósito 99000123. El objetivo lógicamente es estar sentados en una mesa de negociación por parte del sindicato ASIJ para seguir presionando con el tema fijeza ya y conseguir lo que es contrario a la Ley que es la plaza de funcionario de carrera sin pasar por una OEP. En palabras del señor Padilla, “Tampoco el Ministro de Justicia Campo no se reúne con nosotros, dice que hablará con los sindicatos más representativos” Es decir, a partir de ahora estos señores van a estar sentados en la mesa de negociación con el Ministerio de Justicia donde se elaboran y se acuerdan las bases comunes y específicas de las OEP. Esperemos que no se acuerden más barbaridades de las que a día de hoy ya se están cometiendo. En cualquier caso, estaremos atentos. Estamos también deseando de leer al acuerdo que han llegado USO y ASIJ para aprobar esa integración y si ese acuerdo pasa por pedir la fijeza en la plaza sin pasar por una OEP, nos tendrán en frente denunciándolo desde luego. 

        Les dijimos a ustedes que se repasasen los artículos 4, 22, 38 y 40 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional y les dijimos que les explicaríamos el por qué. El artículo 9.3 de la Constitución Española está redactado de la siguiente forma, “La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos” El Ministro de Política Territorial y Función Pública el señor, Miquel Iceta lleva anunciando desde hace algunas semanas cambios en las formas de acceso a la función pública para según él, “hacerla más atractiva a la juventud de nuestro país” y también habla de “suavizar las formas de acceso a la función pública” Estos próximos cambios que desde el Gobierno y desde su Ministerio se anuncian nos transmiten desconfianza absoluta. En ese artículo de la Constitución Española se dice que la misma garantiza la seguridad jurídica. La seguridad jurídica es también un principio de la Unión Europea que viene recogido en el Tratado de la Unión Europea y en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000. Nosotros, por desgracia, no vemos que a día de hoy esto se respete en nuestro país, pero mejor que se lo expliquemos nosotros, les recomendamos que ustedes lean este maravilloso artículo de la señora Verónica del Carpio Fiestas, Abogada y Profesora de Derecho Civil. Departamento de Derecho Civil. Universidad Nacional de Educación a Distancia en su blog jurídico Rayas en el agua y entenderán mejor por qué decimos esto. 

         Nosotros entendemos de estudiar. Ustedes, Gobierno y sindicatos nos han forzado a registrar nuestra Asociación a nivel nacional y a prepararnos de forma brutal nuestras oposiciones para intentar buscar la perfección en nuestros exámenes y ni aun así, ni siquiera teniendo nuestros exámenes perfectos, tenemos opciones de ser funcionarios de carrera. Y además tenemos que soportar ahora una campaña de presión tanto en los medios como en las instituciones y a través de políticos y sindicatos pidiendo la fijeza sin pasar por una OEP. Nos han forzado a hacer todo esto y a defender nosotros mismos nuestros derechos debido al cúmulo de barbaridades que se están cometiendo y ustedes están permitiendo tanto en las OEP como en las bolsas de empleo de funcionarios interinos de la Administración de Justicia en las distintas CCAA ya que, ustedes no nos representan ni nos amparan en nuestros derechos. Esto es una verdadera vergüenza. Les aseguramos que todo el daño y estrés extra que ustedes nos están transmitiendo a nuestras espaldas con su incompetencia y su falta total de propiedad al hablar de ciertos temas y con su toma de decisiones que nos perjudican enormemente, no lo olvidaremos. 

        Volvemos a repetir para que quede claro que deseamos que todas aquellas personas que puedan demostrar ese Fraude de Ley o abusos sea resarcida adecuadamente de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico y europeo. La fijeza en la plaza sin pasar por una OEP no está contemplada como sanción ni en nuestro país ni en Europa. La fijeza que ustedes piden es inconstitucional, se pongan ustedes como se pongan y lo pidan donde lo pidan. Muestren ustedes un poco de respeto por favor a la Constitución Española como mínimo. 

      Siempre hemos dicho que estamos a disposición de cualquier medio de comunicación para explicarles todo esto y de por qué no estamos totalmente de acuerdo con lo que sus medios difunden sobre ciertos temas. En este caso sobre este de la fijeza. Pueden ustedes si lo desean contactar con la Asociación cuando quieran y nosotros estaremos gustosos de explicarnos sobre los temas que nos atañen y que son de extrema gravedad a la vista de las declaraciones y de las futuras decisiones que se avecinan. Se están vulnerando principios reconocidos en nuestra Constitución Española y se está alentando y presionando desde los medios, sindicatos, asociaciones, plataformas, políticos, abogados, etc…a incumplir la Constitución Española y las Sentencia del TS y del TJUE. Esto es extremadamente grave, les pedimos por favor que dejen de hacerlo y si para hablar con propiedad de un tema necesitan ustedes información, estamos a su disposición para lo que necesiten. 

         Por último, sólo decirles para que nadie nos malinterprete que nos hemos centrado en analizar el artículo del señor Luis Javier Sánchez como podíamos haber analizado y comentado otro artículo. No conocemos al señor Sánchez de nada y no tenemos nada contra este señor ni contra nadie, por supuesto. Respetamos todas las opiniones y dentro de un debate educado y con pruebas y argumentos es bonito siempre entablar debates que pueden llevar a construir más que a destruir. Nuestra Asociación siempre está dispuesta a debatir y proponer de forma educada y respetuosa. 



miércoles, 19 de mayo de 2021



 


COMUNICADO ASOCIACIÓN ADOAJ 


RAZONES POR LAS QUE NO SE DEBE APROBAR LA ILPA RELATIVA A LA LEY POR LA QUE SE APRUEBA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE CONCURSO, CONSISTENTE ÚNICAMENTE EN LA VALORACIÓN DE MÉRITOS, QUE REGIRÁ EN LA CONVOCATORIA DE PROCESOS SELECTIVOS PARA LA DEFINITIVA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO TEMPORAL EN LA JUNTA DE ANDALUCÍA, DE FUNCIONARIOS INTERINOS EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL, ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ASÍ COMO DEL PERSONAL EVENTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA. 


                Hace cierto tiempo se presentó por un grupo de ciudadanos tras una recogida de firmas una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la aplicación del sistema de concurso consistente en la valoración exclusivamente de los méritos para que rigiera en los procesos selectivos a efectos de estabilización del empleo público temporal en la Junta de Andalucía de funcionarios interinos para la Administración General, Administración de Justicia, Administración Educativa y personal eventual de la Administración sanitaria. Nuestra Asociación, registrada legalmente a nivel nacional, se constituyó para hacer frente a las barbaridades que se están cometiendo en las OEP, en las bolsas de empleo de funcionarios interinos de la Administración de Justicia, etc… e intentar poner un poquito de sentido común en las formas de acceso en la Administración de Justicia, concretamente en los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia que, son los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y Cuerpo de Auxilio Judicial. Este es, normalmente, nuestro ámbito de trabajo y actuación para mejorar la función pública en todos sus aspectos referida a los citados Cuerpos en nuestro país. 

                Realmente nos quedamos muy sorprendidos cuando vimos que todos los Grupos Parlamentarios o casi todos votaron a favor de tomar en consideración esta ILPA para su posterior enmienda, tramitación y votación. Los Parlamentarios de la Junta de Andalucía la admitieron a consideración aún en contra del informe del Letrado Mayor del Parlamento de la Junta de Andalucía de 23 de julio 2019, en el que se señaló que esta ILP vulnera principios constitucionales para el acceso a la función pública reconocidos en el artículo 23.2 de la Constitución Española. En palabra de este Letrado también señaló que esta ILP es: “…una perspectiva unilateral, descompensada a favor de un grupo determinado de personas, que se concreta en un texto contradictorio con el artículo 23.2 de la Constitución y con el carácter excepcional que el sistema de concurso tiene en el artículo 61.6 del EBEP”

                Para más información tienen ustedes un magnífico artículo en el que se explica todo esto en el portal web del Sindicato Andaluz de Funcionarios con el que estamos totalmente de acuerdo Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF). Como bien dice SAF, hay unas OEP de estabilización aprobadas para los años 2017, 2018 y 2019 por lo que de ser admitida y votada favorablemente esta ILP se vulneraría otro artículo de nuestra Constitución Española, el artículo 9.3 referente a la seguridad jurídica, esto no lo decimos nosotros que, también, esto lo dice el Letrado Mayor del Parlamento de la Junta de Andalucía en su informe al que no se hizo caso por ningún Grupo Político de la Asamblea, ya que de haber hecho caso a ese informe, PP, Vox y C’s no se habrían abstenido en la votación de admisión de esa ILP y habrían votado en contra y PSOE y Adelante Andalucía no habrían votado a favor y habrían votado en contra. Estas OEP son fruto de la negociación del Ministerio correspondiente con las diferentes organizaciones sindicales que tienen esa especial audiencia para estar sentadas en una mesa de negociación, estas OEP de estabilización se deben a los varios toques de atención que desde Bruselas se la ha dado al Gobierno de España por los elevados porcentajes de interinidad que soportan nuestras distintas Administraciones, porcentajes de vergüenza que han sido permitidos, favorecidos y alentados por el propio Gobierno y los diferentes sindicatos que se sientan en esas mesas de negociación que, han abusado de forma indiscriminada y sin mesura de la herramienta de la interinidad deformando su función original en pro de intereses personales. Además de que esta ILP es inconstitucional a todas luces y una auténtica barbaridad que nunca debió ser admitida a consideración. Los opositores de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia que no son funcionarios interinos no pueden ser jamás los perjudicados por una ILP como esta para dar solución a un problema que ellos no han creado, su esfuerzo titánico contra viento y marea, en condiciones precaria tanto laboral como personal para preparar una oposición y acceder a la función pública en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad no puede ser despreciado y denostado de esta forma tan indigna por quienes deberían ser conocedores, amparar, respetar y blindar los principios antes citados. 

                Somos un poquito conocedores de las Administraciones que se incluyen en esta ILP pero, somos profundamente conocedores de la Administración de Justicia en todo lo referente a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia. Es decir, las razones que vamos a argumentar de por qué no debe aprobarse esta ILP están referidas a los citados Cuerpos Generales, seguramente algunas de estas razones también se podrán argumentar para las otras Administraciones incluidas en esa ILP, además de las razones citadas anteriormente. Estas razones de por qué no debe votar a favor de esta ILP son las siguiente: 

                1. Recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicó la Sentencia sobre el caso Sánchez Ruíz. En esta Sentencia se deja muy claro quiénes son las personas a las que se puede aplicar la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, expresa también los requisitos sobre el tipo de funcionarios interinos se encuentran en fraude de Ley, deja también muy claro que es el Juez nacional el que debe determinar cuál es la sanción concreta frente al abuso. Otra de las cosas a la que la Sentencia hace referencia es que si el proceso de selección, es decir, la OEP se celebra dentro de los plazos que se indican en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público (Uno más tres años), se considera que esta medida cumple las exigencias de la directiva y por lo tanto es una medida válida frente a ese fraude de Ley y no sería objeto de sanción alguna ni de abuso. En la Administración de Justicia, en concreto en los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia a los que hemos hecho referencia en los párrafos anteriores, se vienen celebrando OEP desde 2008 como mínimo cada tres años. 13 años celebrándose OEP, en los que esos funcionarios interinos han tenido OEP de sobra para estabilizar su situación y pasar de funcionarios interinos a funcionarios de carrera. Si no se cumplieran esos plazos de desarrollo de la OEP se estaría frente a una situación de abuso que deberá ser sancionada pero, en esa Sentencia se deja muy claro que en ningún caso esa sanción puede pasar por la fijeza en la plaza sin pasar por una OEP ya que, esto no viene contemplado ni en nuestro ordenamiento jurídico, ni en el europeo, además de ser inconstitucional por infringir varios artículos de nuestra Constitución Española, no respetar la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y la Declaración Universal de Derechos Humanos. Así lo explica perfectamente el señor Fabián Valero que es abogado especializado en derecho laboral, en su interpretación que hace de dicha Sentencia y de la que nos hemos hecho eco. En cualquier caso, como bien apunta el señor Fabián Valero y nosotros apuntamos desde hace tiempo, cada caso de abuso ha de ser tratado de forma individualizada y no de forma generalizada y si se demuestra que se da ese fraude de Ley que se sancione de acuerdo con las posibles vías de sanción reconocidas. Hay un artículo que le recomendamos que lean ustedes, es del señor Francisco Sosa Wagner, Catedrático de Derecho Administrativo, "Funcionarios Públicos: un respeto". 

                2. En la Administración de Justicia las bolsas de empleo de funcionarios interinos no se abren desde hace muchos años y si se abren tardan dos años o más en resolverse, esto provoca varios efectos negativos citamos algunos de ellos. Esto hace que las bolsas se agoten y se haya de contratar de la bolsa reserva y cuando esta se agota se contrata directamente del Servicio Público de Empleo Estatal o el correspondiente de la CCAA, también impide el acceso a la función pública de los opositores que no son funcionarios interinos y que se presentan a esas OEP aprobándolas con notas muy alta. Se da el sinsentido o la barbaridad de que hay funcionarios interinos en la Administración de Justicia que en su día fueron contratados directamente desde el SEPE sin haberse presentado a ni una sola OEP (no generalizamos, decimos que hay casos así) mientras que opositores que han superado las pruebas selectivas con notas altísimas se quedan fuera sin poder acceder a esas bolsas que no se abren, se abren tarde y mal o exigen unos requisitos de inscripción absurdos que no tienen sentido en los tiempos en que vivimos. Como ejemplo, la reciente bolsa ordinaria de empleo de funcionarios interinos de la CCAA de Andalucía plagada de irregularidades y requisitos de inscripción absurdos o la bolsa de reserva de la citada CCAA que recientemente ha sido modificada en parte, gracias a un magnífico trabajo de los compañeros de Andalucía. Esto no es exclusiva de esta bolsa, no, se dan irregularidades en casi todas las bolsas de empleo de las diferentes CCAA. Sinceramente no sabemos a qué esperan ustedes que son nuestros representantes en las diferentes Asambleas de las CCAA para corregir esos “vicios” adquiridos desde hace años y que se toman como normales cuando no lo son. 

                3. Otra razón por la que ustedes deben votar en contra de esta ILP es que, en la actual OEP en la que nos encontramos inmerso la OEP conjunta 2017/18 y la siguiente OEP 2019 de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, se está desarrollando por el sistema de concurso-oposición con unos porcentajes de vergüenza otorgando a la fase de oposición un 60% de peso y a la fase de concurso un 40% de peso y dentro de la fase de concurso asignándosele un 50% de peso a la experiencia (a la interinidad). Esto que, es una verdadera vergüenza y que no respeta los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad está provocando que opositores que no son funcionarios interinos y que han sacado unas notas muy altas con exámenes casi perfectos y que ocupan los primeros puestos de la fase de oposición, cuando pasan a la fase de concurso y han de competir con opositores que son funcionarios interinos, pasan de ocupar esos primeros puestos a bajar más de 350 o 400 puestos impidiéndoles el acceso para ser funcionarios de carrera pese a estar mejor preparados que todos esos funcionarios que acreditan esa antigüedad, además de no poder acceder a las bolsas de empleo para poder adquirir esa experiencia por los motivos que hemos señalado en el punto anterior. Hay personas, el propio Gobierno y los diferentes sindicatos que aluden a que esos porcentajes están dentro de la Sentencia del Tribunal Constitucional que fija esos porcentajes como respetuosos con los principios. Estos son los datos provisionales de la OEP conjunta 2017/18 del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Gracias a Mavi Ródenas que ha hecho un trabajo magnífico cruzando los datos provisionales del Ministerio de Justicia, podemos ver que hay un 62.05% de opositores que son funcionarios interinos que ha conseguido plaza frente a un ínfimo 13.48% de opositores que no son funcionarios interinos que han conseguido plaza. La Sentencia del Tribunal Constitucional, el Ministerio de Justicia y las diferentes organizaciones sindicales dice que con esos porcentajes se

respetan esos principios. 62.03 frente a 13.48. ¿Qué principios se respetan? ¿Estos datos son respetuosos con el principio de igualdad? Juzguen ustedes mismos. Hemos de decir que gracias a que el Ministerio de Justicia tampoco respeta el principio de publicidad, Mavi no ha podido identificar correctamente la duplicada y los datos pueden variar ligeramente, aun así, la imagen que refleja estos datos es trágica y esa variación no afecta para nada a esta imagen, es más, esa imagen puede ir a peor cuando el Ministerio de Justicia ofrezca los datos definitivos. 

                Por todas estas razones los Parlamentarios de la Junta de Andalucía deben de votar en contra de esa ILP, por todas estas razones esos funcionarios interinos de justicia incluidos en esta ILP que han admitido a consideración no tienen cabida en esta ILP, por todas estas razones les pedimos por favor a todos los Parlamentarios de la Junta de Andalucía que voten en contra de esa ILP, no les pedimos que se abstengan o voten a favor, les pedimos por favor que voten ustedes en contra de esa ILP porque de admitirla y votar a favor ustedes estarán vulnerando artículos de la Constitución Española, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y de la Declaración Universal de Derechos Humanos, por todas estas razones y las que argumenta SAF no tiene ni pies, ni cabeza, ni se dan los requisitos para admitir esa ILP para aprobar un concurso de méritos. Les pedimos por favor que no hagan ustedes caso omiso al propio informe del Letrado Mayor de la Junta, a las advertencias de SAF y a las propias que les hacemos ahora desde nuestra Asociación. Por favor, les pedimos sentido común y respeto a nuestro ordenamiento jurídico. 



La Presidenta de la Asociación ADOAJ 

Raquel Piñerio.

ADOAJ SOBRE PUBLICACIÓN RD-L 14/2021, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO

Opositores, decenas de miles de personas que opositan a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, y no solo justicia en este c...