lunes, 18 de febrero de 2019

Objetivos ADOAJ


Se constituye la presente asociación para la representación de tod@s los opositores a la Administración de Justicia con el fin de defender sus derechos e intereses en futuras OEP, y, entre otras, las siguientes reivindicaciones:


1. La oposición como único sistema de acceso a la oferta de empleo publico en la Administración de Justicia.

Este ha de ser el único sistema que se contemple para el acceso como funcionario a los distintos Cuerpos de la Administración de Justicia puesto que es el sistema ordinario previsto legalmente. Cualquier otro sistema de selección vulnera el principio de igualdad, resulta contrario a la ley y a la Constitución y, por tanto, no resulta admisible salvo para aquellos casos en los que el acceso a un Cuerpo de la Administración de Justicia lo sea en condición distinta a la de funcionario de carrera o en los que se den motivos excepcionales.


2. La determinación en el Reglamento de Provisión de Puestos de trabajo de una ratio personas/plaza que sirva para fijar la nota de corte en los distintos procesos selectivos, nota de corte que por tanto no podrá fijarse con anterioridad a la realización de los exámenes

Entendemos que ello es necesario para evitar arbitrariedades injustificadas a la hora de determinar la nota de corte. Defendemos que dicha ratio ha de oscilar en una proporción de entre 3 y 4 personas por plaza.


3. Representación de los opositores independiente y desvinculada de cualquier otra asociación, institución, partido político o sindicato.

Ninguna, asociación, institución, partido político o sindicato representa ni defiende de manera integra y transparente los intereses y derechos de los opositores “libres”. Hasta ahora no hemos contado con ninguna entidad que nos defienda, siempre hemos sido independientes y lo vamos a seguir siendo. Solo mantendremos relaciones y contactos con otras entidades para aquellas cuestiones puntuales en que dicha relación o contacto pueda servir a nuestros intereses. No somos el instrumento de nadie más que de los opositores independientes.


4. Periodicidad en la convocatoria de oposiciones para el acceso a la Administración de Justicia.

Es la Administración de Justicia una de las administraciones en que más acuciante es la falta de medios y personal, y en que mayor volumen de trabajo y retrasos se producen. Entendemos y defendemos, como futuros integrantes de la misma, que dicha situación es inaceptable e indeseable en una Administración de Justicia de calidad y eficiente, motivo por el que lucharemos por que se realicen OEPS de forma regular y sostenida. Para hacer frente a los problemas en la Administración de Justicia se necesitan medios personales, y no cualquier persona vale, solo aquellas que hayan demostrado sus capacidades y aptitudes en un procedimiento de selección que respete los principios de igualdad, competencia y capacidad. Para tener una justicia de calidad hace falta un funcionariado de calidad. Interinidades y situaciones asimiladas solo valen a corto plazo y temporalmente, en tanto esos puestos puedan ser ocupados por funcionarios de carrera. No podemos aceptar que pasen años entre convocatoria y convocatoria y que mientras tanto los puestos que deberían ocupar funcionarios estén vacantes u ocupados por interinos indefinidos.


5. Denuncia y persecución por los cauces legales de cualquier irregularidad o actividad sospechosa que se produzca en todo proceso de selección para el acceso a la Administración de Justicia.

Son de sobra conocidas las distintas irregularidades y arbitrariedades que se han venido produciendo en los distintos procesos de selección para el acceso a la Administracion de justicia; desde filtraciones o incompatibilidades en los tribunales hasta arbitrariedades a la hora de fijar notas de corte. Cualquier irregularidad o actividad sospechosa que sea puesta en conocimiento de esta asociación sera investigada y condenada empleando para ello todos los medios legales que estén a nuestro alcance.


6. Tener voz y voto en las futuras mesas de negociación

Ni el gobierno ni las asociaciones sindicales nos representan ni defienden, así lo han venido demostrando durante años. Los primeros defienden sus intereses políticos así como otros intereses de índole económica u otro tipo que en muchas ocasiones nos perjudican a los opositores o a la propia administración. Los segundos velan más por los intereses de interinos y afiliados que por el de los opositores en general. Por ello, pondremos todos nuestros esfuerzos en lograr que institución independiente, esta asociación u otra con la representación adecuada, formen parte en futuras mesas de negociación para que así también nuestros intereses sean tenidos en cuenta a la hora de regular las bases de las próximas ofertas de empleo publico.


7. No a la valoración de méritos y circunstancias a las que no todos tenemos acceso en condiciones de igualdad.

Siendo la igualdad un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico consagrado por la Constitución, no aceptamos como valida para la determinación del orden de prelación o preferencia en una oferta de empleo publico cualquier valoración de merito o circunstancia que no surja de una situación de igualdad. Nos referimos en concreto a las interinidades. En la medida en que el acceso o mantenimiento de esa situación no ha venido en muchos casos sustentada por un proceso igualitario y reglado en el que todas las personas tengan las mismas posibilidades, no admitimos que sea tenida en cuenta está situación como circunstancia a valorar a la hora de fijar el orden de prelación. Mucho menos cuando no son valoradas otras situaciones que también ponen de manifiesto el estar en posesión de unos conocimientos prácticos y aptitudes relacionados con el puesto a desempeñar, como podrían ser el ejercicio de la abogacía o trabajos en puestos de administración, notarías, asesorías... en el ámbito privado.


8. Contenido de las pruebas ajustado al temario de las bases y a las leyes vigentes.

Son muchas las ocasiones en que figuran en las pruebas preguntas sobre contenidos no especificados o incluidos en el temario oficial o sobre legislación no vigente. No pueden tener cabida en un examen tales preguntas, no han de dominar los candidatos materias no incluidas en las bases ni han de soportar la falta de diligencia de quienes elaboran las preguntas de examen.


9. Organización y previsión en plazos y pre-aviso fechas de examen.

La preparación de unas oposiciones requiere organización y previsibilidad. Los plazos y las fechas han de fijarse y anunciarse de una forma organizada y concreta. No resultan aceptables avisos de fecha de examen con una antelación de dos semanas y sin conocerse aún listas oficiales de admitidos.


Estamos aquí para dar voz a los opositores. Sera bienvenida toda aportación o sugerencia encaminada a proteger nuestros intereses y mejorar nuestra situación

domingo, 17 de febrero de 2019

Bienvenidos, compañer@as opositor@s.
Hoy se inaugura el Blog de nuestra asociación, con el mismo objetivo con el que venimos trabajando desde hace ya varios meses, y que no es otro que hacer del ingreso a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia un proceso justo que respete las condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. 

Mucho ánimo y no lo olvidéis, JUNTOS somos MÁS FUERTES.


ADOAJ SOBRE PUBLICACIÓN RD-L 14/2021, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO

Opositores, decenas de miles de personas que opositan a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, y no solo justicia en este c...