viernes, 26 de abril de 2019

PROPUESTAS DE ADOAJ A ORGANIZACIONES SINDICALES


PROPUESTAS DE LA ASOCIACIÓN ADOAJ SOBRE EL BORRADOR MANDADO A LAS DIFERENTES ORGANIZACIONES SINDICALES POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA LA PRÓXIMA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL DÍA 29 DE ABRIL DE 2019
            Dada la urgencia y corto espacio de tiempo para reunirnos y debatir con calma sobre nuestros puntos de acuerdo y desacuerdo sobre las bases específicas y comunes para las próximas OEP, nos vamos a remitir expresamente a los puntos básicos que esta Asociación entiende que son fundamental que se intenten respetar lo más posible para favorecer unos procesos selectivos en igualdad de condiciones y que respeten los principios reconocidos en la Constitución Española, la LOPJ, los Reglamentos de Ingreso y la Declaración Universal de Derechos Humanos, para todas y todos los aspirantes que se inscriban en estos procesos de selección inminentes a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia.

            Las propuestas de esta Asociación son estas:

            1).- Esta Asociación entiende que los procesos de Concurso-Oposición tienen sentido en una promoción interna y no en un proceso de selección en una OEP para acceder a la función pública. No estamos de acuerdo con las explicaciones al respecto sobre que estos procesos son necesarios para reducir la elevada tasa de interinidad, ya que los funcionarios interinos, también pueden presentarse a un proceso selectivo que consista en una Oposición, como se han venido realizando en las dos anteriores convocatorias. Este sistema de selección de Oposición, era el sistema ordinario de ingreso reconocido en la LOPJ (artículo 484), antes de ser reformado el 18 de diciembre de 2018 en el Congreso de los Diputado. Por esto esta Asociación pide por favor que el sistema de acceso a la función pública a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia sea el ordinario de toda la vida, el de Oposición y se elimine el Concurso-Oposición o el Concurso de méritos. Esta Asociación  no pide que se le regale nada que no tenga sentido común y creemos que la dureza de unas pruebas en un proceso de selección por el sistema de Oposición, es lo adecuado para que el aspirante que obtenga su plaza en una OEP demuestre que está capacitado de sobra para ejercer con eficacia las funciones que va a tener que desempeñar en un futuro en su puesto de trabajo. Esta Asociación es de la opinión que los sistemas de acceso de Concurso-Oposición, así como, los de Concurso de méritos, no son lo exigentes que debieran ser para acceder a la función pública a través de una OEP y sólo contribuirían a precarizar más la Administración de Justicia. Como decimos no queremos que nos regalen nada, pero tampoco queremos que nos quiten nada.
Es por esto también que esta Asociación pide por favor, pese a no estar de acuerdo con un Concurso-Oposición y una vez aceptado este para las próximas OEP, tanto por el Ministerio de Justicia, como por todos los agentes implicados en esas mesas de negociación, que los porcentajes asignados a la fase de Oposición-Concurso, no sean 60/40 % sino como en la convocatoria de 2008 que fueron de 80/20, respetándose así un poquito más los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

            2).- Respecto a la anterior mesa de negociación del 15 de enero de 2019, entre el Ministerio de Justicia y las distintas Organizaciones Sindicales, vemos que en este comunicado remitido por el Ministerio de Justicia sigue en la misma línea marcada en esa anterior mesa de negociación.
Es decir, respecto al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, se mantiene esto:
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

ANEXO I Descripción del Proceso selectivo
I-A. Oposición: ejercicios obligatorios
I-B. Fase de concurso
I-C Evaluación del Conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco

ANEXO I
DESCRIPCION DEL PROCESO SELECTIVO
I-A. FASE DE OPOSICION
1.3. TERCER EJERCICIO.
De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar sin ayuda de texto alguno y con letra legible a 10 preguntas referidas a distintos temas del Programa. El Tribunal del ámbito correspondiente, procederá a la lectura del ejercicio y lo puntuará de 0 a 50 puntos, a razón de un máximo de 5 puntos por pregunta, atendiendo al nivel de conocimientos de los aspirantes, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, su forma de presentación, así como al número de plazas convocadas
            La Asociación ADOAJ, no está de acuerdo con la eliminación del ejercicio de desarrollo por un cuestionario de 10 preguntas, porque precarizaría aún más la preparación que un funcionario debe de tener para ejercer con eficacia las funciones del puesto al que opta. Esta precarización afectaría negativamente a todo los agentes jurídicos relacionados directamente o indirectamente con la Administración de Justicia, además de a los usuarios que de ella hagan uso. Esta propuesta de eliminación de ese ejercicio de desarrollo beneficia directamente a los aspirantes que gozan de la condición de funcionario interino (aproximadamente 7.000) y perjudica gravemente al resto de opositores que no gozan de esa condición de funcionario interino (aproximadamente más de 25.000). Es una propuesta que no respeta el principio reconocidos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad
            Por lo expuesto, esta Asociación pide por favor lo siguiente:
            1).- Que su Ministerio sea respetuoso con los principios reconocidos, de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y que recapacite sobre esta propuesta de eliminación de ese ejercicio de desarrollo. Que rectifique y que se mantenga ese ejercicio de desarrollo como se venía realizando en las OEP anteriores a esta, en lugar del ejercicio consistente en 10 preguntas como propone su Ministerio propone.
            Pedimos por favor que ese punto quede redactado así:
            “Tercer ejercicio. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en redactar, de forma clara y con letra legible, sin ayuda de texto alguno y durante un máximo de cuatro  horas  dos  temas,  elegidos  por  el  aspirante  entre  tres  sacados  al  azar  de  entre  los  del   Programa

            3).- Respecto al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en su borrador del día 15 de enero, hace esta mención o referencia. Esta información está sacada del propio comunicado del Ministerio de Justicia y entendemos que sigue en la misma línea actualmente para la mesa de negociación del día 29 de abril
CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

ANEXO I Descripción del Proceso selectivo.
I-A. Oposición: ejercicios obligatorios
I-B. Fase de concurso
I-C Evaluación del Conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco

1.3 TERCER EJERCICIO.
De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar 25 preguntas tipo test y 2 preguntas de reserva, referidas a conocimientos de ofimática contemplados en el temario bajo el epígrafe Actividad administrativa y ofimática.
Propuesta de temario: Actividad administrativa y ofimática.
1. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones. Atención al público: acogida e información al ciudadano. Atención de personas con discapacidad.
2. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.
3. Administración electrónica y servicios al ciudadano. Funcionamiento Electrónico del Sector Público. Registro Electrónico. Sede Electrónica.
4. Principales funciones y utilidades de los Procesadores de texto: Word y Hoja de cálculo: Excel. (Versión 2013 o superior)
5. Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones
            La Asociación ADOAJ, no está de acuerdo con esta propuesta de eliminación del ejercicio de mecanografía y su sustitución por un ejercicio tipo test sobre preguntas de ofimática por los siguientes motivos:
            1).- La eliminación de ese ejercicio va a precarizar más la formación que un futuro funcionario debe de tener para prestar servicio en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Es un puesto de trabajo en el que se está en contacto directo con herramientas ofimáticas, en el que se debe de tener una gran soltura y manejo de estas herramientas, como por ejemplo tomar declaración a un testigo en un procedimiento judicial o a un usuario/ciudadano que acceda a los servicios de la Administración de Justicia. La eliminación de este ejercicio por un simple test, no beneficiará en absoluto la formación del futuro funcionario, perjudicará gravemente a todos los agentes jurídicos relacionados directamente o indirectamente con la Administración de Justicia, perjudicará directamente a los usuarios que hagan uso de su Administración.
            2).- La eliminación de este ejercicio no respeta el principio de igualdad porque pone en desventaja evidente a un aspirante que no goza de la condición de funcionario interino (aproximadamente más de 25.000) con un aspirante que si goza de la condición de funcionario interino (aproximadamente 7.000). Nos consta que estos aspirantes que gozan de la condición de funcionario interino y que ejercen las funciones en este Cuerpo, no tienen la soltura y el manejo adecuado de estas herramientas ofimáticas con lo negativo que eso supone para su propia Administración. Además nos consta que estos funcionarios interinos han estado realizando diversos cursos de ofimática que su propia administración oferta para su formación. Si su Ministerio elimina ese ejercicio de mecanografía, precarizará aún más su propia Administración al no exigir, como se ha hecho hasta ahora en las anteriores OEP, un mínimo de pulsaciones en ese ejercicio de mecanografía (180, sin fallos). Está claro a quien beneficia la eliminación de este ejercicio.
           

Por todo lo expuesto, esta Asociación pide por favor:
            Que se mantenga el ejercicio de mecanografía con las mismas condiciones que se venía realizando en las anteriores OEP, en vez de su propuesta de sustituirlo por un ejercicio tipo test sobre ofimática o de eliminarlo por completo.
            4).- Nos parece una falta de respeto, de responsabilidad y de seriedad por parte del Ministerio de Justicia, el baile de porcentajes y de cifras que remite de un borrador de una anterior mesa de negociación a otro redactado para la siguiente mesa de negociación, alterando, no entendemos con que base de razonamiento, los criterios alcanzados en una mesa de negociación anterior. Por favor pedimos que mantengan ustedes su criterio y se dejen de tantos bailes de cifras y porcentajes, que lo único que hacen es despistar y confundir totalmente a todos los aspirantes que se están preparando para estas próximas OEP. Dejen ustedes por favor de volvernos locos con tanto baile de cifras y porcentajes de un borrador a otro. Esto ni es serio en un Ministerio y mucho menos responsable.
            Dicho esto nuestra Asociación ADOAJ, les remite nuestras propuestas consensuadas por todos los miembros de la Asociación. Son estas:
            4.1).- Respecto a la fase de Concurso una vez superada la fase de Oposición nuestra propuesta es esta, sobre un total de 100:
- 10 % para antigüedad
- 37.5 % para Titulaciones
- 37.5 % para Formación
- 5 % para Idiomas
- 10 % para Ejercicios Aprobados, en esta propuesta remitimos a nuestra propuesta de progresividad de ejercicios aprobados en las dos anteriores convocatorias hasta alcanzar como máximo ese 10 %
Por una nota superior a 59 puntos: 1 punto.
Por una nota entre 60-69 puntos: 2 puntos.
Por una nota entre 70-79 puntos: 3 puntos.
Por una nota entre 80-89 puntos: 4 puntos.
Por una nota entre 90-100 puntos: 5 puntos.
Valorándose los exámenes de las dos anteriores convocatorias, los puntos referidos serían atribuidos por cada examen con dicha puntuación, con un máximo de 20 puntos.
            5).- En este último borrador remitido por el Ministerio de Justicia en su apartado A se dice literalmente esto:
A-        Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español: 13 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho, 7 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho, 5 puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o master oficial y 4 puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 13 puntos.

Se valorarán todos los títulos y grados válidos aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo.

            El Ministerio de Justicia vuelve a cambiar el baremo respecto del anterior borrador en la mesa de negociación del 15 de enero, donde antes era 30 ahora es 13. Este baile de baremos, de cifras, de porcentajes, no sabemos a que razonamiento obedece, pero esta Asociación piensa que es una falta de respeto y de responsabilidad por parte del Ministerio de Justicia este baile de cifras de un borrador a otro porque lo único que hace es confundir y despistar tanto a las Organizaciones Sindicales como a los aspirantes de estos procesos selectivos. Rogamos que mantengan ustedes de una vez por todas un criterio fijo.
            La Asociación ADOAJ, también pide por favor que se aumente considerablemente en los tres Cuerpos el porcentaje otorgado a los aspirantes que estén en posesión de un Título Universitario de Licenciatura o Grado distinto a Derecho equiparlo en puntuación al resto de titulaciones y estudios. Ya es bastante vergonzoso que en las bolsas de empleo de interinos se discrimine tanto por razón de titulación otorgando tanta puntuación a la Licenciatura o Grado en derecho y prácticamente ni se tenga en cuenta el resto de titulaciones o estudios. Pedimos esto, porque no encontramos en la legislación actual que se diga expresamente que se ha de estar en posesión de un Licenciatura o Grado en derecho para acceder a estos Cuerpos, no encontramos en la legislación actual que se diga expresamente que se deba otorgar más puntuación a una titulación en Derecho que a otra, por ejemplo, de Ingeniería, Arquitecto, Ciencias de la Información, Turismo, etc… Así como que también se tengan en cuenta los estudios de Bachiller, Graduado en ESO o equivalente. Pedimos esto, para que el aspirante a la hora de decidir presentarse a un OEP de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, tenga claro a que se atiene, si su Titulación no es la de Licenciatura o Grado en Derecho. Pedimos esto porque en el artículo 475 de la LOPJ, se específica claramente que Titulaciones y estudios se exigen para acceder a cada Cuerpo General de la Administración de Justicia. Si ustedes quieren otorgar más puntuación a la Licenciatura o Grado en Derecho, cambien la legislación y especifíquenlo así en la LOPJ y en los Reglamentos de Ingreso.
            Que también se elimine la puntuación que su Ministerio otorga a los aspirantes que están en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho, o de no eliminarse que también se tengan en cuenta con la misma puntuación las de otras titulaciones. Los motivos de esta petición son los mismo que los expuestos en el apartado anterior, con el agravante añadido de que no es lógico que una titulación no finalizada tenga más puntuación que otros estudios con contenido jurídico sí finalizados.
            Pedimos esto porque se ha de ser respetuoso con el artículo 475 de la LOPJ en el que se especifica que estudios se  han de tener para el acceso a cada Cuerpo.
            Volvemos a reiterarnos en que pedimos y exigimos esto para que se respeten los principios de Igualdad, Mérito, Capacidad y Publicidad.

            6).- En este último borrador remitido por el Ministerio de Justicia en su apartado B.1 se dice esto literalmente:
B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de Justicia, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo:

            Cursos de entre 11 y 29 horas……………… 0,3  puntos
            Cursos de entre 30 y 59 horas…………….... 0,6 puntos
            Cursos de 60 o más horas………………..… 0,9 puntos

            La Asociación ADOAJ pide por favor que en la próxima mesa de negociación se sustituya el término "sistema universitario español” por este otro “sistema universitario español público y privado”. Pedimos esto, para evitar esa ambigüedad y poca claridad del Ministerio a este respecto y porque el propio Ministerio así lo acordó en anteriores mesas de negociación. No entendemos porque se obvia la palabra privado en los últimos borradores. Hay muchos aspirantes que se están gastando grandes cantidades de dinero en hacer cursos certificados e impartidos por Universidades Privadas, totalmente homologados y respetuosos con los requisitos exigidos por el Ministerio de Justicia en sus bases y nos parece una falta de respeto hacia todos esos aspirantes que lo están haciendo la omisión en estos dos últimos borradores por parte del Ministerio de Justicia de ese término, el de “privado”. No sabemos a que obedece esto y pedimos por favor como hemos dicho que se vuelva a incluir todos esos cursos dados tanto por Universidades Públicas como por Universidades Privadas. También pide por favor la Asociación ADOAJ,  que se puntúen y tengan en cuenta los cursos realizados a través del AULA MENTOR.
            La Asociación ADOAJ pide también por favor que se amplíe ese plazo para acreditar cursos de formación de 10 años a 15 años. Entendemos que esta ampliación abarcará a más aspirantes y que no perjudicará a nadie, todo lo contrario, además de no suponer ningún esfuerzo para el Ministerio de Justicia atender esta petición.

            7).- En su apartado D, el borrador remitido por el Ministerio de Justicia para la mesa de negociación del día 29 de abril, se dice literalmente esto:
D-        Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015 y 2016 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración Públicas: máximo 13 puntos.

•          Por cada examen aprobado de convocatorias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 2,5 puntos; por una nota entre 80-100 puntos: 4,3 puntos.
•          Por cada examen aprobado de convocatorias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 2 puntos; por una nota entre 80-100 puntos: 3,8 puntos
•          Por cada examen aprobado de otros Cuerpos de la Administración de Justicia (excluido Letrados de la Administración de Justicia): 0,40 puntos.

            La Asociación ADOAJ no está de acuerdo con esta adjudicación de puntos y les remitimos a nuestra propuesta anteriormente citada que es esta:

- 10 % para Ejercicios Aprobados, en esta propuesta remitimos a nuestra propuesta de progresividad de ejercicios aprobados en las dos anteriores convocatorias hasta alcanzar como máximo ese 10 %
Por una nota superior a 59 puntos: 1 punto.
Por una nota entre 60-69 puntos: 2 puntos.
Por una nota entre 70-79 puntos: 3 puntos.
Por una nota entre 80-89 puntos: 4 puntos.
Por una nota entre 90-100 puntos: 5 puntos.

            Sin más queremos agradecer la atención prestada y lógicamente estamos seguros que habrá puntos de desencuentro con las propuestas que ustedes llevan. También hay puntos de encuentro y esto nos congratula. Pedimos disculpas por si hubiera algún punto no tratado, es debido a la urgencia de la redacción de este documento. En una futura reunión se podrán tratar con más calma esos punto que no están reflejados aquí y que la Asociación también reivindica, el hecho de no incluirlos en este documento es por no estar relacionados directamente con las bases de convocatoria que se están elaborando para estas próximas OEP, pero no por eso dejan de ser menos importantes.
            Si hay algún punto de los redactados en este documento que ustedes no entienden la Asociación ADOAJ está a su disposición para explicárselos.

ATTE:
ASOCIACIÓN ADOAJ














lunes, 1 de abril de 2019

PROTESTA ADOAJ BORRADORES

PROTESTA DE LA ASOCIACIÓN ADOAJ SOBRE EL BORRADOR MANDADO A LAS DIFERENTES ORGANIZACIONES SINDICALES POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA COMO RESULTADO DE LA REUNIÓN DEL 15 DE ENERO DE 2019 DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL ACUERDO DEL 4 DE DICIEMBRE DE 2019

Recientemente su Ministerio ha mandado el borrador de su propuesta sobre las bases de convocatoria para las siguientes OEP.
Nos dirigimos a su Ministerio y le remitimos protesta por este borrador, con el que no estamos de acuerdo por diferentes motivos.
Respecto al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa su borrador hace esta mención o referencia. Esta información está sacada de su propio comunicado.
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
ANEXO I Descripción del Proceso selectivo
I-A. Oposición: ejercicios obligatorios
I-B. Fase de concurso
I-C Evaluación del Conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco

ANEXO I
DESCRIPCION DEL PROCESO SELECTIVO
I-A. FASE DE OPOSICION
“1.3. TERCER EJERCICIO.
De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar sin ayuda de texto alguno y con letra legible a 10 preguntas referidas a distintos temas del Programa. El Tribunal del ámbito correspondiente, procederá a la lectura del ejercicio y lo puntuará de 0 a 50 puntos, a razón de un máximo de 5 puntos por pregunta, atendiendo al nivel de conocimientos de los aspirantes, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, su forma de presentación, así como al número de plazas convocadas”
La Asociación Adoaj, no está de acuerdo con la eliminación del ejercicio de desarrollo por un cuestionario de 10 preguntas, porque precarizaría aún más la preparación que un funcionario debe de tener para ejercer con eficacia las funciones del puesto al que opta. Esta precarización afectaría negativamente a todo los agentes jurídicos relacionados directamente o indirectamente con la Administración de Justicia, además de a los usuarios que de ella hagan uso. Esta propuesta de eliminación de ese ejercicio de desarrollo beneficia directamente a los aspirantes que gozan de la condición de funcionario interino (aproximadamente 7.000) y perjudica gravemente al resto de opositores que no gozan de esa condición de funcionario interino (aproximadamente más de 25.000). Es una propuesta que no respeta el principio de igualdad.

Por lo expuesto, esta Asociación exige:
1).- Que su Ministerio sea respetuoso con los principios reconocidos, de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y que recapacite sobre esta propuesta de eliminación de ese ejercicio de desarrollo. Que rectifique y que se mantenga ese ejercicio de desarrollo como se venía realizando en las OEP anteriores a esta, en lugar del ejercicio consistente en 10 preguntas como propone su Ministerio propone.
Exigimos que ese punto quede redactado así:
“Tercer ejercicio. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en redactar, de forma clara y con letra legible, sin ayuda de texto alguno y durante un máximo de cuatro  horas  dos  temas,  elegidos  por  el  aspirante  entre  tres  sacados  al  azar  de  entre  los  del   Programa”

Respecto al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa su borrador hace esta mención o referencia. Esta información está sacada de su propio comunicado
CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
ANEXO I Descripción del Proceso selectivo.
I-A. Oposición: ejercicios obligatorios
I-B. Fase de concurso
I-C Evaluación del Conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco

“1.3 TERCER EJERCICIO.
De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar 25 preguntas tipo test y 2 preguntas de reserva, referidas a conocimientos de ofimática contemplado en el temario bajo el epígrafe Actividad administrativa y ofimática.
Propuesta de temario: Actividad administrativa y ofimática.
1. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones. Atención al público: acogida e información al ciudadano. Atención de personas con discapacidad.
2. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.
3. Administración electrónica y servicios al ciudadano. Funcionamiento Electrónico del Sector Público. Registro Electrónico. Sede Electrónica.
4. Principales funciones y utilidades de los Procesadores de texto: Word y Hoja de cálculo: Excel. (Versión 2013 o superior)
5. Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones”
La Asociación Adoaj, no está de acuerdo con esta propuesta de eliminación del ejercicio de mecanografía y su sustitución por un ejercicio tipo test sobre preguntas de ofimática por los siguientes motivos:
1).- La eliminación de ese ejercicio va a precarizar más la formación que un futuro funcionario debe de tener para prestar servicio en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Es un puesto de trabajo en el que se está en contacto directo con herramientas ofimáticas, en el que se debe de tener una gran soltura y manejo de estas herramientas. La eliminación de este ejercicio por un simple test, no beneficiará en absoluto la formación del futuro funcionario, perjudicará gravemente a todos los agentes jurídicos relacionados directamente o indirectamente con la Administración de Justicia, perjudicará directamente a los usuarios que hagan uso de su Administración.
2).- La eliminación de este ejercicio no respeta el principio de igualdad porque pone en desventaja evidente a un aspirante que no goza de la condición de funcionario interino (aproximadamente más de 25.000) con un aspirante que si goza de la condición de funcionario interino (aproximadamente 7.000). Nos consta que estos aspirantes que gozan de la condición de funcionario interino y que ejercen las funciones en este Cuerpo, no tienen la soltura y el manejo adecuado de estas herramientas ofimáticas con lo negativo que eso supone para su propia Administración. Además nos consta que estos funcionarios interinos han estado realizando diversos cursos de ofimática que su propia administración oferta para su formación. Si su Ministerio elimina ese ejercicio de mecanografía, precarizará aún más su propia Administración al no exigir, como se ha hecho hasta ahora en las anteriores OEP, un mínimo de pulsaciones en ese ejercicio de mecanografía (180, sin fallos). Está claro a quien beneficia la eliminación de este ejercicio.


Por todo lo expuesto, esta Asociación exige:
Que se mantenga el ejercicio de mecanografía con las mismas condiciones que se venía realizando en las anteriores OEP, en vez de su propuesta de sustituirlo por un ejercicio tipo test sobre ofimática.

En el borrador remitido por su Ministerio a las diferentes organizaciones sindicales en el apartado de la Fase de Concurso, hablan ustedes de:
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
“Para acceder a la fase de concurso, será necesario haber superado la fase de oposición y se valorarán los siguientes méritos:
A- Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español: 30 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho, 20 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho y 12 puntos por estar en posesión de otra licenciatura o grado. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 42 puntos.
 Se valorarán todos los títulos y grados válidos aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo”
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa
“Para acceder a la fase de concurso, será necesario haber superado la fase de oposición y se valorarán los siguientes méritos:
A- Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español: 30 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho, 20 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho y 12 puntos por estar en posesión de otra licenciatura o grado. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 42 puntos.
Se valorarán todos los títulos y grados válidos aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo”.
Cuerpo de Auxilio Judicial
“Para acceder a la fase de concurso, será necesario haber superado la fase de oposición y se valorarán los siguientes méritos:
A- Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español: 30 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho, 20 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho y 17 puntos por estar en posesión de otra licenciatura o grado. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 47 puntos.
Se valorarán todos los títulos y grados válidos aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo”.

¿Qué ocurre con las diplomaturas y con los estudios de bachiller, graduado en ESO, etc...? ¿Es que no se van a tener en cuenta?
La Asociación Adoaj, exige que en su borrador figure la palabra DIPLOMATURA también, para que se tenga en cuenta también esa formación académica. No entendemos porque se habla de licenciatura o grados y no de diplomatura.

La Asociación Adoaj, también exige que se aumente considerablemente en los tres Cuerpos el porcentaje otorgado a los aspirantes que estén en posesión de un Título Universitario de Licenciatura o Grado distinto a Derecho equiparlo en puntuación al resto de titulaciones y estudios. Ya es bastante vergonzoso que en las bolsas de empleo de interinos se discrimine tanto por razón de titulación otorgando tanta puntuación a la Licenciatura o Grado en derecho y prácticamente ni se tenga en cuenta el resto de titulaciones o estudios. Pedimos esto, porque no encontramos en la legislación actual que se diga expresamente que se ha de estar en posesión de un Licenciatura o Grado en derecho para acceder a estos Cuerpos, no encontramos en la legislación actual que se diga expresamente que se deba otorgar más puntuación a una titulación en Derecho que a otra, por ejemplo, de Ingeniería o Arquitecto. Pedimos esto, para que el aspirante a la hora de decidir presentarse a un OEP de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, tenga claro a que se atiene, si su Titulación no es la de Licenciatura o Grado en Derecho. Pedimos esto porque en el artículo 475 de la LOPJ, se específica claramente que Titulaciones y estudios se exigen para acceder a cada Cuerpo General de la Administración de Justicia. Si ustedes quieren otorgar más puntuación a la Licenciatura o Grado en Derecho, cambien la legislación y especifíquenlo así en la LOPJ y en los Reglamentos de Ingreso.

Que también se reduzca de forma considerable la puntuación de 20 puntos que su Ministerio otorga a los aspirantes que en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho. Los motivos de esta petición son los mismo que los expuestos en el apartado anterior, con el agravante añadido de que no es lógico que una titulación no finalizada tenga más puntuación que otros estudios con contenido jurídico sí finalizados.
Pedimos esto porque se ha de ser respetuoso con el artículo 475 de la LOPJ en el que se especifica que estudios se  han de tener para el acceso a cada Cuerpo.

Volvemos a reiterarnos en que pedimos y exigimos esto para que se respeten los principios de Igualdad, Mérito, Capacidad y Publicidad.
Respecto del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, en su borrador, su Ministerio en el apartado del ANEXO I DESCRIPCION DEL PROCESO SELECTIVO I-A. FASE DE OPOSICION, concretamente redactan ustedes esto:
“La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
1. Constará de tres ejercicios; todos obligatorios y eliminatorios. El primer y segundo ejercicio tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, uno a continuación de otro.
1.1. PRIMER EJERCICIO. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa de derecho procesal detallado en el Anexo II. Constará de 100 preguntas válidas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta”.
¿Qué quieren decir ustedes con el término “Derecho Procesal”?
¿Es que ustedes no se van a tener en cuenta en ese primer ejercicio los 15 primeros temas del temario que su Ministerio ha remitido a las Organizaciones Sindicales y que no hablan de Derecho Procesal?
La Asociación Adoaj, exige que no sean ustedes tan ambiguos y expliquen perfectamente que quieren decir ustedes con ese término de “Derecho Procesal”
Si ese término que ustedes utilizan, tiene el mismo significado con el que esta Asociación lo entiende, La Asociación Adoaj, exige que se elimine de ese borrador ese término y que en el ejercicio sea sobre todo el conjunto del temario que su Ministerio a remitido a las Organizaciones Sindicales para la próxima mesa de negociación y que no se discrimine ningún tema de ese temario en el conjunto de esas 104 preguntas, es decir, que esas 104 preguntas versen sobre los 31 temas de que se compone el Anexo II de su borrador.

Respecto al punto en el que su Ministerio habla de cursos de formación puntuables en la fase de concurso ustedes redactan esto:

Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
“B-2. Cursos de formación en informática, impartidos o convocados, en los últimos cinco diez años, por el Ministerio de Justicia, por las Universidades Públicas, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo”
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa
“B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos cinco diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de Justicia, por las Universidades Públicas, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo”
Cuerpo de Auxilio Judicial
“B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos cinco diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de Justicia, por las Universidades Públicas, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo”

No entendemos porque razón han cambiado su acuerdo alcanzado en la anterior mesa de negociación con las Organizaciones Sindicales, en el que se iban a tener en cuenta los Cursos de Formación recibidos y acreditados tanto por las Universidades Públicas, como por las Universidades Privadas.

Por esto La Asociación Adoaj, exige que se mantenga el criterio alcanzado en la anterior mesa de negociación en la que se acordó tener en cuenta los Cursos de Formación recibidos y acreditados tanto por las Universidades Públicas como por las Universidades Privadas.

Esta Asociación también pide lo que viene exigiendo desde el principio, que los porcentajes asignados a la fase de oposición 60% y a la fase de concurso 40% sean reducidos y se acerquen o sean los mismo que los acordados en la convocatoria del año 2008 y que fueron de 80% a la fase de oposición y de 20%  a la fase de concurso. Pedimos esto porque esta Asociación piensa y cree firmemente que con estos porcentajes se es más respetuoso con los Principios de Igualdad, Mérito, Capacidad y Publicidad recogidos en la LOPJ, en los Reglamentos de Ingresos, en la Constitución Española y en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Finalmente ADOAJ también exige que en cuanto a los exámenes aprobados se establezca una distinción, ya que no es lógico valorar lo mismo un resultado de 50/100 que de 95/100, del mismo modo que no es lógico valorar un resultado de 85/100 (que un determinado ámbito ha proporcionado el APTO) y no valorar un 90/100 (que en distinto ámbito no ha proporcionado el APTO). Desde esta asociación creemos que se debía de establecer una escala para evitar desigualdades flagrantes con respecto a los exámenes aprobados de las últimas dos convocatorias y de ésta (en la que sólo se exige un 60/100).

Proponemos la siguiente:

Por una nota superior a 59 puntos: 1 punto.
Por una nota entre 60-69 puntos: 2 puntos.
Por una nota entre 70-79 puntos: 3 puntos.
Por una nota entre 80-89 puntos: 4 puntos.
Por una nota entre 90-100 puntos: 5 puntos.

Valorándose los exámenes de las dos anteriores convocatorias, los puntos referidos serían atribuidos por cada examen con dicha puntuación, con un máximo de 20 puntos.

Sin más, le enviamos un cordial saludo y esperamos que su Ministerio tenga a bien a atender las peticiones de La Asociación Adoaj, para tenerlas en cuenta en la próxima mesa de negociación y en el redactado final de las bases de convocatoria de la próxima OEP.
30 de Marzo de 2019
Asociación Adoaj

ADOAJ SOBRE PUBLICACIÓN RD-L 14/2021, DE 6 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO

Opositores, decenas de miles de personas que opositan a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, y no solo justicia en este c...